#PescaIlegal
#Mar Argentino #Sanciones #Proyecto
La ley de Pesca
posibilitará recaudar más de u$s 1.000 millones al año, en caso de su
aprobación completa, luego de la media sanción anoche en Diputados de la
nación. Por 129 votos a favor, la cámara baja aprobó este proyecto que pasó al
Senado con la meta de agilizar la imposición de sanciones y desalentar la pesca
ilegal en el Mar Argentino.
De acuerdo a
estimaciones extraoficiales que se dieron en la jornada de este martes, la
actividad de buques extranjeros en esta región que forma parte del territorio
argentino, mediante la extracción de tales recursos ictícolas nuestro país
pierde más de u$s 1.500 millones. Además del mencionado régimen de sanciones y
en vistas de la situación internacional con mares en calma derivada de la, la
idea también es fomentar la actividad pesquera celeste y blanca. Un debate que
se registró en medio de amenazas del sector opositor, nucleado en Juntos por el
Cambio.
Si bien, como
se habló durante la sesión mixta –presencial y remota- las actuales sanciones
no hacen ni cosquillas a los navíos extranjeros que andan de fechorías por
nuestras aguas, la misión será establecer un régimen variable sobre la base de
unidades de valor denominadas Unidades Pesca (UP), equivalente a un litro de gasoil,
y la tipología de sanciones que determine el Ministerio de Agricultura y Pesca.
Además, la
iniciativa con media sanción impulsa un mecanismo de penalidades similar –tomando
como unidad de medida el litro de gasoil- a los buques internacionales
infractores que sean interceptados operando sin los permisos correspondientes. El
Régimen Federal de Pesca previsto en la
Ley N° 24.922 y sus modificatorias, en el Capítulo XIII, “Régimen de
Infracciones y Sanciones”, establece el procedimiento para la ejecución de las
infracciones y la determinación de las sanciones que puede aplicar la Autoridad
de Aplicación, previa sustanciación del sumario correspondiente.
En el caso de navíos de otras naciones, la Autoridad de Aplicación podrá además
disponer la retención del buque en puerto argentino hasta que, previa sustanciación
del respectivo sumario, se haga efectivo el pago de la multa impuesta.
Mientras, el proyecto establece que los gastos originados por servicios de
remolque, practicaje, portuarios, tasas por servicios aduaneros, sanitarios y
de migraciones, que se generen por el buque infractor; y los gastos en los que
incurran los organismos actuantes en la órbita del Sector Público Nacional.
Esos gastos, de
acuerdo al texto, serán devengados como consecuencia de la comisión de
infracciones y deberán ser abonados por el propietario o armador o su
representante, antes de ser liberado. Por otro lado, la catadura de las conductas
sancionadas contempla desde multas hasta la suspensión en los registros
habilitantes para pescar en el Mar Argentino.
NdR, 2 de
septiembre de 2020.