#CorteSuprema #Mujeres #9Miembros
A mediados de
mes, el presidente Alberto Fernández podría tener listo para la firma el
anteproyecto del Consejo Consultivo para la mejora del funcionamiento del Poder
Judicial y el Ministerio Público. En este documento, los expertos introdujeron
recomendaciones que incluyen desde el incremento a 9 en la cantidad de miembros
y la posibilidad que el máximo tribunal cuente con una mayoría de mujeres.
El trabajo
realizado por Claudia Beatriz Sbdar, Hilda Kogan, María del Cármen Battaini,
Marisa Herrera, Inés Weinberg de Roca, Carlos Alberto Beraldi, Andrés Gil
Domínguez, Omar Palermo, Raúl Gustavo Ferreyra, León Carlos Arslanian y Enrique
Bacigalupo sería girado en los próximos diez días hacia Balcarce 50, anticipó
este fin de semana el analista político Horacio Verbitsky en el portal El
Cohete a la Luna.
En
un extenso artículo, HV detalló que el trabajo contiene consejos tales como “el incremento de 5 a 9 de sus miembros, sin
división en salas”, en cuanto a la Corte Suprema. También que plantea “la paridad
de género en sus integrantes, lo que implicaría la designación de 4 mujeres”.
Además,
recomienda “la creación de un tribunal intermedio dividido en salas que trate
los recursos por arbitrariedad (que desde 1909 atoran los despachos de la Corte
Suprema) y deje al tribunal superior sólo los debates constitucionales. Esto
implicaría desplazar el sistema difuso de control de constitucional por uno
concentrado, para lo cual no sería necesario reformar la Constitución”.
Por
otro lado, “la reformulación de la ley 48 que desde 1863 regula las causas que
llegan al conocimiento de la Corte”. En esta misma dirección, una recomendación
de reemplazar el “artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la
Nación, que desde 1990 permite a la Corte rechazar un recurso extraordinario
sin exponer los motivos, cuya constitucionalidad es discutible porque no cumple
con la norma republicana de fundamentar los actos de gobierno”.
Por
aparte, exhorta a que se transfieran al Consejo de la Magistratura la potestad
de administrar el presupuesto del Poder judicial, “como marca desde 1994 el
artículo 114 de la Constitución, que tanto la Corte de Nazareno como la de
Lorenzetti se resistieron a cumplir porque es su principal fuente de poder.
Sólo le quedaría la ejecución de su propio presupuesto”.
Además,
el máximo tribunal “debería desprenderse de las facultades disciplinarias sobre
los magistrados y olvidarse de los reglamentos relacionados con la organización
judicial”. Finalmente, consignó el sitio de noticias que pedirá trasladar “a
otra ubicación institucional de todos los institutos que la Corte creó para
concentrar un poder que constitucionalmente no le corresponde, como la
dirección de escuchas telefónicas y el organismo de inteligencia paralelo que
le permite el acceso a todas las bases de datos existentes en el país”.
NdR
8 de noviembre de 2020.