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#PoderJudicial #Perspectiva #Género
La audiencia en
la que este miércoles se dictará sentencia en el caso contra Ángela Beatriz
Saravia se avecina un acto con agitación en los alrededores de la Sala de
Grandes Juicios de Ciudad Judicial. Es que a diferencia de lo que se presagia
cerca del tribunal que anunciará su decisión, por el lado de la defensa de la
mujer llueven los pronunciamientos en tal dirección y las denuncias que se
verifica una especie de arrinconamiento en los mecanismos judiciales.
“Si nos matan
pasamos a ser estadísticas, si nos defendemos nos condenan”, es el planteo que
resumieron los documentos emitidos desde el Instituto Jurídico con Perspectiva
de Género del Colegio de Abogados de Salta, la ONG Género y Masculinidades,
CLADEM y la Multisectorial de Mujeres de Salta, entre otras entidades.
El gigantesco
descontento en este sector, algunas de cuyas organizaciones se presentaron como
“amigas del tribunal”, surgió luego del dictamen que dio a conocer la psicóloga
Mónica Quinteros Navarro. La encargada de tal peritaje por el Poder Judicial
concluyó que, a su entender, un acto de violencia de género “también lo puede
cometer una mujer hacia un hombre”. Y no sólo eso, sino que amarró la condición
que una mujer sólo pueda invocar esta figura solamente si “es sumisa, obediente
y no hostil en defensa de su integridad”.
Por esta razón,
los abogados del Instituto Jurídico con Perspectiva de Género expusieron su “preocupación”
al conocer “las manifestaciones de la Licenciada y su desconocimiento total no
solo de la legislación vigente, tanto nacional como supranacional que protege los derechos de las mujeres, sino
también lo que es realmente perturbador es el concepto erróneo que posee acerca
de lo que es la Perspectiva de Género”.
Algo que, lejos
de ser inocuo, acercó como un efecto sobre el caso en particular el riesgo que “este
desconocimiento por parte de los operadores y operadoras de justicia, conlleva a que las mujeres e
identidades no binarias sean víctimas de todo tipo de violencia incluyendo la más nefasta de todas,
el femicidio”. Por ello, exhortó a que de inmediato se proceda en el Poder
Judicial a capacitar todo su personal en el articulado de la Ley 27.499, norma
que incorpora una cosmovisión de género en el indoctrinamiento de trabajadores
de los tres poderes del Estado.
Es más,
concluyó que “los dichos vertidos por ´la profesional´ en la causa encuadran en
la denominada violencia institucional
prevista en el artículo 6 inc. b) de la Ley 26.485, y de validar esta transgresión, la justicia
salteña estaría siendo cómplice y responsable por las eventuales consecuencias que traerá
aparejada para al estado provincial”.
Y lo que sería
más grave aún es que tal conclusión pericial impide determinar “el contexto en
el cual se desarrollaron los hechos, y realizar una evaluación con perspectiva
de género”. En cambio, la ausencia de este paradigma intervino en el reciente y
luctuoso desenlace que sirvió de epílogo a la docente Paola Tacacho, asesinada
en la vecina provincia de Tucumán, pese a haber efectuado decenas de denuncias
por violencia de género contra quien finalmente sería su asesino.
En tanto, en el
planteo en condición de amicus curiae hecho por la Multisectorial de Mujeres
recordaron que la Convención Interamericana para Prevenir Sancionar y Erradicar
la Violencia contra las Mujeres, garantiza el “derecho a ser valoradas libre de patrones estereotipados de
comportamiento y prácticas sociales y culturales basadas en conceptos de
inferioridad o subordinación”. Lo que se lleva como tirada de los pelos con la
valoración efectuada por la “experta” antes mencionada del Poder Judicial.
Crédito fotográfico: Nuevo Diario de Salta.
NdR, 4 de noviembre de 2020.