#PautaProvincial
#Medios #FaltaTransparencia
Por: F.P.
A la falta de
criterio razonable en el texto del proyecto de ley Troka, el convenio con la cuyana
Praxis que igualmente impulsa el Ejecutivo provincial le suma más oscurantismo
en cuanto a distribución de avisos oficiales. Este contrato con la firma
mendocina, publicado –en versión sepia y con poca tinta de impresión- en el
boletín oficial el pasado 3 de septiembre, impide expresamente la posibilidad
que terceros auditen la metodología a partir de la cual esta “consultora”
medirá el alcance de medios de prensa salteños y, por ende, asistirá al
saenzismo en el reparto de publicidad estatal.
Efectivamente, la
cláusula Tercera del acuerdo firmado un mes atrás por el Secretario de Prensa,
Víctor Lamberto, y el titular de Praxis, Dardo Lucero, resulta elocuente al
respecto. En este apartado se establece que el mendocino se obligará a “guardar
secreto de los datos, informaciones, fundamentos, conclusiones y todo
instrumento u opinión que forme parte del dictamen, de las circunstancias o de
los elementos aportados”. Cabe recordar que este articulado no refiere a la
confidencialidad que enmarca al famoso jarabe que atesora en la ciudad de
Atlanta –EEUU- The Coca Cola Company.
Sin embargo,
por estas regiones vallistas alguien parece creer esto último como un verdadero
dogma (es de esperar que al menos sea uno propio). En el último párrafo de esta
parte Tercera, insiste que “dicha obligación de confidencialidad se conserva
aún finalizado el contrato”; o sea, al cerrar el próximo mes de enero de 2021 y
más allá. Lo que impedirá saber si, en realidad, Lamberto adquirió y pagó por
un ajuar de vidrios de calidad dudosa o un prodigio sociológico que permite
medir ratings, share y consumo de medios como ni siquiera tienen hoy a nivel de
AMBA.
Con los hits “Sobisch
2007” y “Lavagna-Urtubey 2019” sobre los hombros, el Ejecutivo gaucho le dio a
Praxis la tarea de ofrecer “asesoramiento estratégico en medios de comunicación”,
nada menos. Claro que tal recomendación deberá ser por lo bajo, es decir más
allá que el Legislativo provincial, la Auditoría General de la Provincia, la
justicia criolla o los medios de prensa (casi seguro) damnificados por tales
consejos, puedan plantear en sus objeciones.
Con todo esto,
la conceptualización parece complementaria del proyecto de Ley Troka que, tanto
la Coordinación Administrativa de la gestión saenzista como la Secretaría de
Prensa machucan que su copyright les pertenece. En el artículo 12 de este
texto, titulado “Criterios de Asignación”, se prescribe que los avisos se
distribuirán de acuerdo al “alcance del medio de comunicación y/o soporte”.
Esta inserción
social que a su vez estará definida “en función de su circulación o audiencia,
para cuya determinación se tendrán en cuenta los indicadores de referencia en
cada zona geográfica o segmento de audiencia, y los registros que el proveedor
certifique mediante declaración jurada”. Es necesario remarcar que el “indicador”
correspondiente al informe de Praxis será secreto y, por lo tanto, inescrutable
como castigo divino administrado sin causa a la vista.
Un escenario
embromado
Las
resoluciones judiciales, las expresiones multisectoriales de malestar, la falta
de efectividad en las líneas de acción trazadas y una incipiente molestia en el
humor social, suelen asimilarse como indicativos de lo que muchos denominan “realidad”.
Aunque en medio del hostigamiento de los malvados quelonios huidizos, tal vez
para las autoridades no resulte tan notorio. En estas coordenadas parece
ubicarse la gestión provincial, en cuanto a sus próximas acciones en materia de comunicación
oficial.
Los indicadores
epidemiológicos -tasa de letalidad al doble que la de Tucumán, tiempo de
duplicación de casos 3,3 veces mayor que el de Jujuy- van en directa
proporcionalidad a la percepción social sobre la comunicación y el manejo en
general del escenario (Ver artículo “Un gran tropezón en la imagen de gestión”,
NdR 6 de octubre de 2020). A lo que el Ejecutivo gaucho sólo parece dispuesto a
dar como respuesta este convenio con la consultora Praxis y la presentación
ante el Legislativo provincial del proyecto de Ley Troka.
Esto último, en
contraste con lo ordenado por la justicia salteña en junio de 2015. En esta
fecha se emitió el fallo contra el Ejecutivo provincial en el caso “Gonza, Juan
Guillermo vs Provincia de Salta”, causa judicial N° 488071/14 (Ver artículo “Regla
dorada para el reparto de pauta oficial”, NdR 5 de octubre de 2020). En ella, además
de restituir avisos oficiales al mencionado empresario periodístico exhortó a dictar
una ley que asegure avisos oficiales a medios de difusión informativa y de opinión,
más allá del parecer del gobernante de turno o del que guíe a sus
corre-ve-y-diles.
Los Gonza, tanto
el director del semanario Nueva Propuesta y su hijo –editor de la revista Viaje
de Pesca y el programa televisivo del mismo nombre- adujeron contra la gestión
Urtubey “la suspensión, reducción y posterior quita total de publicidad oficial
de forma arbitraria y discriminatoria”. En función de lo cual se alegaron
violaciones a “las Constituciones Nacional y Provincial y tratados
internacionales”, los que lejos están de ser secretos y/o confidenciales. Mucho
menos, de tener como depositarios a cofradías, logias, consultores u oráculos que sólo dan sus
revelaciones contra entrega de cifras millonarias.
(*) NdR, 9 de
octubre de 2020.