#BoomerangAhynarca
#Corredor8enreversa
F.P.
La
finalización de la feria judicial promete novedades imperdibles en el ambiente
del transporte capitalino. Estas se darán a partir de la resolución del juzgado
de 7° Nominación en lo Civil y Comercial, la cual ordenó restituir al abogado
Héctor Jorge Rodríguez la parte principal del edificio de la empresa Ahynarca S.A.. Y tal vez ponga a la cúpula del corredor 8 en
reversa en cuanto al resto de lo reclamado.
La orden
judicial podría cambiar el mapa empresario porque de quedar en firme este fallo
de primera instancia, luego habilitaría a reponer en el principal cargo
directivo al antes mencionado letrado. La resolución emplazó en diez días al
grupo de empleados que asumió de facto el mando –junto a un interventor
judicial-, luego de recibir las respectivas notificaciones de esta resolución, “bajo
apercibimiento de lanzamiento”.
Los destinatarios
de tal comunicación formal son Rodolfo Benito Cisneros, Héctor D. Díaz, Walter
Pérez, Tomás Marín, José Antonio Ortiz, Jorge Ricardo Vay y Juan Carlos Moreira.
A ellos, el fuero Civil y Comercial les ordenó “restituir y entregar” a Héctor
Jorge Rodríguez” el sector edilicio de Ahynarca –empresa que sirve al corredor
8 capitalino- que en barrio
Intersindical ocupaba hasta el 16 de noviembre de 2017.
Desde estas oficinas,
según invocó Rodríguez en diversas presentaciones judiciales, se tomaban las
decisiones operativas, tanto tácticas como estratégicas en cuanto al servicio
de transporte masivo de pasajeros. Fue
así hasta mediados de noviembre de 2017, cuando –según se hizo constar en
denuncia penal 1234/17- sobrevino una acción de “despojo”, apelando a la “violencia
y clandestinidad” para terminar con su “oficina privada asaltada” y la
documentación “sustraída”.
La brutalidad
que habría mediado para hacer efectivo el despojo ya señalado, por otro lado
habilitó un trámite aparte en la Unidad Fiscal de Delitos Económicos complejos.
Una imputación adicional hecha en contra de los ya nombrados Cisneros, Díaz,
Pérez, Marín, Ortíz, Vay y Moreira.
Por ello, la
representación legal de Rodríguez exigió “la notificación al interventor
judicial de Ahynarca S.A. de la existencia de estas actuaciones”. Por
añadidura, esta parte pidió una auditoría contable sobre la firma a cargo del “ocho“
que permitiría comparar si esta entidad jurídica -empresarial- tuvo un crecimiento patrimonial similar a
quienes desde fines de 2017 y de facto la integran.
Una cuota
importante de lo reclamado por Rodríguez fue tácitamente admitida por quienes
acometieron sobre los bienes de la compañía de transporte. El 12 de febrero de
2018, menos de dos años después de ocurrido el desembarco/despojo, los por
entonces recién llegados se habían comprometido compensar a Rodríguez pagándole
una renta vitalicia mensual, a cambio de renunciar a Ahynarca. Y si bien luego
dicho acuerdo fue incumplido resulta indicativo en la cuestión hoy en disputa,
respecto a la propiedad de la compañía.
Por lo
pronto, desde Séptima Nominación del fuero Civil y Comercial hicieron lugar “AL
INTERDICTO DE RECOBRAR la posesión” de lo reclamado por Rodríguez, en esta
presentación contra Cisneros-Díaz-Pérez-Marín-Ortiz-Vay-Moreira (Foto 1). Un
fallo que también impone costas judiciales a los demandados, si aporta esta
aclaración.
NdR, 15 de julio de 2022.