Acerca del Programa Registradas

El gobierno nacional lanzó este lunes el plan tendiente a bajar el nivel de informalidad en el rubro de trabajadoras de casas particulares. Para ello, habrá un aporte de hasta un 50 % que será costeado con fondos públicos. La meta es atenuar el impacto en la franja más afectada durante la pandemia.
Hace 4 años Economía

#Regularizacionempleadasdomesticas

El plan de reducción en la informalidad para el sector de empleadas de casas particulares tendrá como aliciente un 50 % a cargo del Ejecutivo nacional en los casos de nuevas incorporaciones a este rubro, en los primeros seis meses. Esto sintetiza el Programa Registradas que se anunció este lunes, en una reunión que mantuvo el presidente Alberto Fernández en su despacho de la Casa Rosada con la ministra de Mujeres, Géneros y Diversidad, Elizabeth Gómez Alcorta; los ministros de Economía, Martín Guzmán y de Trabajo, Claudio Moroni; el presidente del Banco Nación, Eduardo Hecker, y la titular de AFIP, Mercedes Marcó del Pont.

La inscripción en Registradas estará abierto entre octubre y diciembre próximo y consistirá en una suma que transferirá cada mes el Estado, entre la mitad o un tercio de los haberes mensuales al momento de inscripción. Lo que implica un monto de hasta $ 15.000 que estará vigente por los próximos seis meses, a partir del momento del alta de cada trabajadora.

Gómez Alcorta precisó que apunta a “un sector históricamente feminizado, precarizado y subvalorado, aun cuando sabemos que es una tarea fundamental que implica el sostenimiento de la vida y de la economía”. Sobre el segmento de las trabajadoras, el ministro Guzmán recordó que la pandemia afectó “especialmente a la situación económica de las mujeres”, por lo cual el accionar estatal permitirá “atacar estas desigualdades”.

En tanto, Marcó Del Pont la definió como “una política de ingresos, de formalización y de bancarización e inclusión financiera”, dado que “automáticamente una vez que se tenga un mes de recibo de sueldo el Banco Nación le va dar una tarjeta de crédito que va a tener un límite que se va a similar a un Salario Mínimo Vital y Móvil de hasta $ 32 mil”.

Cómo funcionará

El acceso a este programa se hará a partir que el/la empleador/a perciba ingresos mensuales inferiores al mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias, y será la responsable de afrontar el porcentaje restante del sueldo, los aportes, las contribuciones y de la cuota de la ART de la trabajadora inscripta o del trabajador inscripto.

El Programa apunta a bajar el nivel de informalidad en este sector, garantizar la permanencia en un empleo registrado y promover la bancarización.

En el caso de la trabajadora deberá trabajar como mínimo 12 horas semanales, podrá estar inscripta únicamente bajo la nómina de un empleador o empleadora.

Además, al acceder al Programa podrá continuar siendo beneficiaria de la Asignación Universal por Hijo, la Asignación Universal por Embarazo, la Tarjeta Alimentar, el Plan Progresar, y de Potenciar Trabajo, entre otras políticas.

La medida se aplicará a aquellas relaciones laborales nuevas con personal de casas particulares, y el empleador o empleadora deberá mantener el puesto de trabajo los cuatro meses posteriores a la finalización del beneficio.

Sobre la operatividad

Cuando el empleador o empleadora dé el alta a la nueva trabajadora en la AFIP, el Estado creará una cuenta sueldo en el Banco de la Nación Argentina para ella y transferirá allí, de manera mensual, un porcentaje del salario neto declarado (30 o 50 por ciento según corresponda), por un monto de hasta 15.000 mensuales.

El porcentaje del sueldo que paga el Estado dependerá del ingreso mensual de las y los empleadores.

Será un 50 % de la remuneración neta mensual mínima cuando la parte empleadora tengan un ingreso bruto mensual inferior al 70 % del mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias (que actualmente es de 117.374)

En cambio, será de un 30 %, cuando la parte empleadora cuente con un ingreso bruto mensual que esté comprendido entre el 70 % y el 100 % del mínimo no imponible.

Además, para poder solicitarlo, durante los 12 meses anteriores a la entrada en vigencia del decreto, el empleador o empleadora debe haber percibido en promedio mensual ingresos brutos de cualquier naturaleza iguales o inferiores al mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias, es decir 175 mil pesos.

NdR, 27 de septiembre de 2021.