Lunes: día clave para el Plasmagate

La Fiscalía de Delitos Económicos Complejos será una de las oficinas que estrene la reapertura de la Ciudad Judicial prevista para el 5 de octubre próximo. La causa por la venta de plasma tendrá en el centro de la escena a quien el lunes debutará como el primer imputado. Aquí va un adelanto sobre este caso.
Hace 5 años ESTRADOS

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La Unidad de Delitos Económicos Complejos del Ministerio Público Fiscal será la oficina que consagre la reapertura a las actividades presenciales en la Ciudad Judicial, el próximo lunes (Ver artículo “Ciudad Judicial reabre sus puertas”, NdR 1 de octubre de 2020). Para el 5 de octubre está programada la audiencia formal de imputación al médico Martín De la Arena por el escándalo del Plasmagate.

El galeno recibirá en esta ocasión el achaque por la presunta comisión del delito de fraude a la administración (dos hechos), en grado de tentativa en concurso real, en el carácter de autor y en perjuicio del Estado Provincial. El MPF especificó que la notificación de esta citación se hizo bajo apercibimiento de ordenar su conducción por la fuerza pública en caso de incomparecencia injustificada. Y aún resta que De la Arena designe un abogado defensor particular u oficial.

En el decreto de imputación ya notificado al futuro imputado, constan las medidas realizadas en el marco de la investigación, entre las cuales se encuentran las diferentes declaraciones testimoniales tomadas a funcionarias y funcionarios, además de los informes y documentación brindados por organismos nacionales y provinciales. Se entiende que por la tentativa de comercializar plasma para auxiliar en la etapa de recuperación a pacientes contagiados con coronavirus, a quienes presuntamente les facturaban $ 30.000.

En este paso a dar el lunes que viene, la UDEC evaluó que el virtual imputado, en su condición de socio gerente de una empresa habilitada para la realización de Servicio Transfusional Hospitalario, y siendo prestador de la obra Social IPS, habría solicitado en dos oportunidades el pago de una práctica de transfusión de PCC -plasma- (plasmaféresis) por un valor mayor al código nomenclado. 

Cabe aclarar que una primera presentación fue rechazada porque pretendía el pago de $69.000, asimilando esta práctica a la de plaquetoferésis; luego solicitó por medio de notas a dos sanatorios, el cobro de $ 30.000 a los pacientes, monto que luego debería ser reintegrado por IPS. Todo esto, a sabiendas que al no haber una resolución ministerial, no se estaba cobrando la entrega de las unidades, y que por orden del Ministerio de Salud Pública, el Centro de Hemoterapia entregaría las unidades de plasma en forma gratuita a los nosocomios autorizados.

Entre la documentación recopilada por la Unidad de Delitos Económicos Complejos, se encuentra también en el decreto que De la Arena no llegó a consumar su acto delictivo por cuestiones ajenas a su voluntad, ya que el Instituto Provincial de Seguros de Salta rechazó sus pedidos, y le indicó el código correspondiente a transfusión de plasma, cuyo valor en nomenclador IPS es de $4607,88.

De todas formas, la Fiscalía concluyó que en este caso, el ardid desplegado consistió en intentar que el IPS realizara el pago de una prestación distinta a la que realmente se estaba llevando a cabo. De esa manera, la obra social y en caso de ser engañada hubiera desembolsado un monto significativamente superior al que verdaderamente correspondía, si hubiese mediado confusión o complicidad con el mencionado profesional que debe concurrir el lunes que viene.

NdR, 3 de octubre de 2020. 


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