#Recurso #Desestimación
#Justicia #Funcionamiento
El Ministerio Público Fiscal aconsejó desestimar el recurso de amparo
presentado por el Colegio de Abogados y la Caja de Seguridad para Abogados de
la provincia de Salta, pidiendo restablecer el funcionamiento del Poder
Judicial. La Fiscal Cecilia Flores Toranzos emitió su dictamen en contra de
esta invocación al instituto de emergencia, al no encontrar una conducta
arbitraria en la normativa que invocó razones epidemiológicas al acotar la
atención presencial en el MPF y el resto de los juzgados.
La intención de la entidad situada en calle Güemes al 900 fue que los
juzgados de toda la provincia volviesen a la prestación plena y efectiva del
servicio. Sin embargo, esta mala nueva les llegó por vía digital, ya que este
martes la directiva de la institución dispuso tareas de “desinfección contra
Covid-19”, lo que derivó en un cierre total en las sedes ubicadas en General
Güemes 942 y 994.
En cambio, “el Ministerio Público Fiscal emitió, sin mayores dilaciones,
el dictamen desestimatorio de la pretensión incoada por los actores, por ser
manifiestamente inadmisible, por distintas razones” (Ver artículo “Hasta el 11
de octubre habrá servicio reducido en Fiscalías”, NdR 26 de septiembre de 2020).
Una de ellas fue que Flores Toranzos evaluó que “los actores no calificaron su
pretensión como colectiva, más allá de aludir a la defensa de ´los
derechos individuales y homogéneos de los abogados´, así como tampoco optaron
por la vía de la acción de inconstitucionalidad”.
Además, recordó que para invocar un procedimiento excepcional debe mediar
la carencia de otras vías y ser real el
peligro para la garantía de derechos fundamentales. De manera tal que debieran
haber rasgos de “arbitrariedad o ilegalidad manifiesta” para accionar por medio
de vías ordinarias.
Por otro lado, indicó la necesidad de tener “probado un daño concreto,
actual y grave, el que sólo eventualmente sea reparable por la vía urgente y
expedita del amparo, según surge del artículo 43 de la Constitución
Nacional y del 88, de nuestra Carta Magna Provincial”.
Sin embargo, “no surge que la actuación de la Corte de Justicia y del
Ministerio Público se haya traducido en actos arbitrarios, (que implicaría que
la discrecionalidad habilitada por la norma es aplicada en forma insostenible,
caprichosa, irrazonable o abusiva), ilegales (sin sustento normativo) ni
inconstitucionales (en tanto repugna a las leyes superiores)”.
En contraste con la situación efectiva de estar atravesando “una
situación excepcional en atención a la pandemia causada por el coronavirus, y
en este contexto, es que se adoptaron distintas disposiciones para hacerle
frente y que se plasmaron en normas cuyos parámetros determinaron la adecuación
del funcionamiento de los organismos del Estado”.
Al respecto, Flores Toranzos ejemplificó sobre la disposición de horarios
rotativos y el trabajo a distancia, dispuestos en medio de la emergencia
sanitaria que comprende a todo el territorio gaucho. Por ello, consideró que “la petición
realizada olvida que la normalización del sistema implicaría no sólo la
concurrencia a las dependencias judiciales de magistrados, funcionarios y
empleados del Poder Judicial y del Ministerio Público, y de los letrados
litigantes, sino también de las fuerzas de seguridad, demás auxiliares de
justicia y del público en general y, con ello, la movilización de un gran
número de personas, lo que apareja, en la situación epidemiológica
actual, un gran riesgo para la salud pública, la vida e integridad física
de aquellos, entre ellos, los justiciables a quienes el servicio de justicia
está llamado a proteger”.
En este plano, la Fiscal encuadró como “una pretensión incomprensible” la
que formuló el Colegio y la Caja de Abogados, “al no advertir que al requerir
la concurrencia masiva a los tribunales locales en la actualidad –sin
medir que la estructura edilicia tal como se encuentra dispuesta podría
constituirse en un serio foco de contagio- y de esa manera, la propagación
epidemiológica del Covid-19 podría llegar a ser inusitada en su magnitud e
incontrolable en estos momentos en que la curva de contagios tanto en la
Capital y en varios Distritos del Interior de la Provincia se encuentra en un
franco proceso de ascenso, tal como lo expusieron en reiteradas oportunidades
el Presidente del COE y el Ministro de Salud Pública de la Provincia”.
Crédito fotográfico: Nuevo Diario de Salta.
NdR, 29 de septiembre de 2020.