
Un ritual de lo inusual

M.R.
El encauzamiento por la vía federal del caso por presunto cobro irregular o inscripción para hacerlo, con los beneficios de Ingreso Familiar de Emergencia, puso una constelación de asuntos para el debate. Además de la maraña de sospechas entre los anotados para percibir el IFE, en su mayoría concejales del resto de la provincia, expuso la vulnerabilidad de las bases con datos personales que están en manos de ANSES.
Contra la presunción que luego de cuatro años de espionaje e invasión a la privacidad eso es lo habitual, existen garantías constitucionales por preservar operativas. “Frente a los avances tecnológicos, que se nutren de la utilización de datos personales, adquieren cada vez más relevancia los derechos constitucionales a la privacidad y a la autodeterminación informativa. Son los individuos los que tienen derecho a decidir sobre el uso y la cesión de sus datos personales”, concluyó en su última reunión la Sección de Derecho Constitucional del Instituto de Estudios Legislativos, de la Federación Argentina de Colegios de Abogados.
En este encuentro celebrado pocos días atrás, el órgano de la FACA advirtió que “deben tenerse en cuenta los principios que estructuran la protección de los datos personales: la licitud en la obtención y en el tratamiento de los datos, la calidad de los datos, la finalidad del procesamiento, la adecuación y necesidad de los datos”.
Con las firmas de Marcela Basterra, José Esain, Víctor Ibáñez Rosaz, Fabián Medizza, María Cecilia Recalde, Maximiliano  Toricelli, Guadalupe Vásquez y Miguel Vigier, fueron expresadas estas recomendaciones al Ejecutivo y al Legislativo nacional. La evaluación de los profesionales aconsejó que en el manejo de datos sensibles que contribuyan a la prevención de la COVID-19, dicha meta “debería ser establecida por una ´ley´ del Congreso de la Nación y esos datos deberían ser utilizados a través de mecanismos de disociación, de ser posible. Además, es necesario que el Estado demuestre la eficacia de las aplicaciones tecnológicas que utilizan datos sensibles”.
La entidad civil también aconsejó que “en el tratamiento de los datos, son relevantes la protección del secreto profesional y el deber de confidencialidad”. Por ello, señaló que “las  personas que intervengan en cualquier fase del tratamiento de datos personales están obligados al secreto profesional respecto de los mismos”. Teléfono para los flamantes funcionarios de la delegación Salta de ANSES, alguno de ellos envuelto en un atolladero que lo roza en lo personal.
Y en lo fundamental, los especialistas exhortaron a que “una vez finalizada la emergencia sanitaria, los datos personales y sensibles recolectados por el Estado sean eliminados”. Este planteo final encuadra en que las herramientas informáticas utilizadas durante la pandemia y, específicamente su eficacia “no puede dar lugar la tan temida ´vigilancia estatal´, ´OJO PÚBLICO´ o ´inteligencia estatal, que amenaza las libertades fundamentales´”. 
NdR, 28 de julio de 2020. 
Más Noticias


Previa de IDEA Rosario

Un balance del 7

6-A con la pava en el fuego

Ni para Molinos de viento

Haciéndose los rulos, la rosca y los Andes

Obsesión violeta del 6-A

Sin mirar y sin tocar

Señal desde el Oeste

La treta de amurallar el BCRA

Cómo terminar julio y pasar agosto

